Legalidad de las descargas
Tras los últimos acontecimientos sociales, ya sea la campaña del Ministerio de Cultura contra la piratería o la detención de los encargados y cierre masivo de páginas web de descargas, mucha gente se pregunta si es legal o no descargar por internet. Pues bien, vamos a despejar aquí algunas dudas para que podais sentiros más seguros y estar más informados.
Según establece la actual Ley de Propiedad Intelectual en su artículo 31, las obras ya divulgadas podrán copiarse siempre que:
- No sean bases de datos (tienen un régimen especial)
- Sea para uso privado del copista
- Que no sea objeto de uso colectivo
- Que no tenga ánimo de lucro
Este es el derecho de copia privada. Para aclararnos, copiar (o descargar) cualquier archivo de una obra ya divulgada mientras sea para uso personal es LEGAL. Para compensar esto, el artículo 25 de la misma ley establece que se impondrá un canon compensatorio, que actualmente gestiona la SGAE.
Este derecho de copia privada no debe confundirse con el derecho de realizar una copia de seguridad, el cuál se refiere a el derecho de cualquier ciudadano a copiar un archivo que ha adquirido legalmente para así tener una copia de seguridad en caso de perder la primera. Para poder realizar esta copia se ha de ser propietario legitimo del archivo, por lo que la descarga solo sería posible si hemos comprado previamente el contenido del archivo.
Por otra parte, recalcar que el derecho de copia privada es solo para obras ya divulgadas. Los programas de ordenador quedán fuera de este derecho, no se pueden descargar y utilizarlos sin comprarlos. |